Derechos de los Pueblos Indígenas en la Constitución de Costa Rica
Artículo 1
Costa Rica es una República democrática, libre, independiente, multiétnica y pluricultural.
(Así reformado por el artículo único de la Ley N° 9305 del 24 de agosto del 2015)
Artículo 7
Los tratados públicos, los convenios internacionales y los concordatos, debidamente aprobados por la Asamblea Legislativa, tendrán desde su promulgación o desde el día que ellos designen, autoridad superior a las leyes.
Artículo 21
La vida humana es inviolable.