Derechos de los Pueblos Indígenas en la Constitución de Costa Rica

Artículo 1

Costa Rica es una República democrática, libre, independiente, multiétnica y pluricultural.
(Así reformado por el artículo único de la Ley N° 9305 del 24 de agosto del 2015)

Artículo 7

Los tratados públicos, los convenios internacionales y los concordatos, debidamente aprobados por la Asamblea Legislativa, tendrán desde su promulgación o desde el día que ellos designen, autoridad superior a las leyes.

Artículo 21

La vida humana es inviolable.