Derechos de los Pueblos Indígenas en el “Plan Nacional para la Recuperación de Territorios Indígenas de Costa Rica»
Artículo 1
Se declara de Interés Público el «Plan Nacional para la Recuperación de Territorios Indígenas de Costa Rica» que ejerce y lidera el Instituto de Desarrollo Rural (INDER), mismo que se puede acceder en la página del Ministerio de Agricultura y Ganadería www.mag.go.cr.
PLAN NACIONAL PARA LA RECUPERACIÓN DE TERRITORIOS INDÍGENAS (PLAN-RTI)
5. Objetivo general
Regularizar la posesión de la tierra en los territorios indígenas y recuperar los terrenos que se encuentren en posesión u ocupación de personas no indígenas.
6. Objetivos específicos
- Realizar los estudios preliminares, de todos los ocupantes no indígenas, utilizando todo tipo de insumo que tenga relación con cada territorio a regularizar.
- Realizar censo conforme al cuestionario establecido en la ficha.
- Confeccionar expediente por ocupante con la recomendación técnico legal para la toma de decisiones.
- Ejecutar el levantamiento topográfico de todos los ocupantes no indígenas de cada Territorio
- Identificar y valorar el impacto que representaría el levantamiento técnico y jurídico en la identificación de todos los ocupantes no indígenas de cada territorio (articular con TSE)
- Identificar las ocupaciones prioritarias a indemnizar en cada territorio indígena.