Derechos de los Pueblos Indígenas en el Decreto de Creación de la Defensoría de Mujer Indígena

Artículo 3. Atribuciones de la Defensoría de la Mujer Indígena.

Son atribuciones de la Defensoría, las siguientes:

2.-Canalizar las denuncias sobre el tema de las mujeres indígenas que se reciban, a donde corresponda, y darles el ordenado seguimiento, 3. Proporcionar asesoría jurídica a mujeres indígenas víctimas de violencia, malos tratos, discriminación, acoso sexual y otras violaciones a sus derechos, y dar seguimiento a los casos que  sean planteados, 4. Proporcionar atención y servicio social a las mujeres indígenas víctimas de violencia, malos tratos, discriminación, acoso sexual y otras violaciones a sus derechos, y dar seguimiento a los casos que sean planteados,